INCAPACIDAD PERMANENTE POR UNA PÉRDIDA DE VISIÓN

Se puede decir que el “criterio que utilizan” los tribunales para conceder una prestación deincapacidad permanente en caso de perdida de visión, viene marcado por la escala de Wecker.

Se trata de un criterio médico que establece unos porcentajes según  la pérdida de visión, y según sea mayor o menor ese porcentaje se les asigna un grado de incapacidad permanente y que son muy fiables, y desde luego tenidos en cuenta por los jueces a la hora de conceder a un trabajador una incapacidad parcial, total, absoluta, o ninguna, según que porcentaje de pérdida visual padezca.

El funcionamiento es muy sencillo, teniendo en cuenta que un ojo sano equivale a 1 y una ceguera equivale a 0 se elige según cuál sea el ojo más sano y cual el peor un lado de la tabla y el número resultante es la pérdida de agudeza que tendremos que mirar si está dentro de alguna incapacidad.

escala-de-wecker.png

Por supuesto, es una circunstancia más a valorar por el juez, además de la profesión, edad, otras dolencias y secuelas que presente el trabajador; pero se puede decir que si la principal patología es la pérdida de visión y no alcanza esos porcentajes mínimos que marca el cuadro, es prácticamente seguro que el trabajador no será merecedor de ninguna incapacidad permanente por mucho que recurra.

También existe otro criterio orientador, y es el Reglamento de Accidentes de trabajo de 22 de junio de 1956, que suele ser usado por el juez y es que la pérdida de un ojo si el otro queda reducido en un 50% se considera incapacidad permanente absoluta.

Siguiendo con un ejemplo utilizando la escala: si en el peor ojo tenemos 0,3 y en el más sano 0,6 vemos que arroja un porcentaje de 25% lo que estaría en el límite de la Incapacidad Permanente Parcial.

Es verdad es que no es lo mismo una persona que trabaje en el campo cogiendo naranjas a otra que trabaje en un laboratorio donde la agudeza visual que se le exige es mucho mayor, de forma que aunque según la tabla no sea merecedora de una IP, pues atendiendo a estas circunstancias concurrentes como comentaba antes se le puede acabar concediendo.

En algunos casos incluso, como el trabajador no llegaba al porcentaje aplicable según este criterio el juez desestima la solicitud de la pensión, en cambio, otras veces, el trabajador aplicándole esta escala resulta que entraría dentro de la incapacidad total, pero el juez acaban diciendo que bueno.. es un criterio orientador, por eso has visto que arriba he puesto lo de criterio entre comillas.

Luego está la cuestión de la agudeza visual corregida o sin corregir, la medida que se toma como referencia es la agudeza visual corregida, es decir, cuando la persona utiliza gafas o lentillas. Puede que si tomamos como referencia la agudeza visual sin corregir el trabajador esté dentro de los márgenes de una incapacidad de acuerdo con la Escala, pero que una vez corregida ya no lo esté, y este punto hay que tenerlo en cuenta.

En el caso de la visión monocular, esto es, por pérdida de un ojo, el Tribunal Supremo ha considerado que esta pérdida equivale a una incapacidad parcial de entre el 24 – 36 %. En este caso se trataba de un abogado que perdió por completo la visión de un ojo, y no consideró que fuera merecedor de una Total.

Para que puedan conceder este grado habrá que estar a las circunstancias concretas del caso, analizar como digo, el resto de dolencias, y ponerlas en relación a su trabajo habitual. El caso de un Técnico de laboratorio podría venir perfecto para este caso también u otros similares.

 

 

 

AGRADECEMOS LA INFO A D. JAVIER ORTEGA, LETRADO DE MIASESORIALABORAL.ES

FUENTE: JAVIER ORTEGA / LETRADO

Anuncio publicitario

Deja una respuesta

Introduce tus datos o haz clic en un icono para iniciar sesión:

Logo de WordPress.com

Estás comentando usando tu cuenta de WordPress.com. Salir /  Cambiar )

Foto de Facebook

Estás comentando usando tu cuenta de Facebook. Salir /  Cambiar )

Conectando a %s