El IRPF incluye diferentes desgravaciones para las personas con discapacidad en el tramo autonómico y reducciones en el estatal. Descubre cuáles son las deducciones para personas con minusvalías y cuáles podrás aplicar.
La declaración de la renta no es igual para todas las personas. Así, el IRPF premia diferentes inversiones y situaciones personales a través de deducciones, reducciones y mínimos personales y familiares. Las situaciones de minusvalía o discapacidad son una de ellas y permiten desgravar tanto en la parte estatal como en la autonómica del tributo. Descubre aquí las deducciones por discapacidad en la renta 2017.
Deducciones por discapacidad generales
Después de años sin ningún incentivo fiscal específico, las deducciones en el IRPF incluyen por fin una de carácter general destinada a personas con discapacidad. Adicionalmente, la renta 2017 plantea diferentes reducciones para los contribuyentes que presenten una discapacidad o minusvalía superior al 33% o al 65%, según sea el caso.
Rendimientos del trabajo en especie
Están exentos los rendimientos de trabajo en especie correspondientes a las primas o cuotas satisfechas por la empresa a entidades aseguradoras para la cobertura de enfermedad, cuando las primas o cuotas satisfechas no excedan de 1.500 euros para personas con discapacidad.
Rendimientos de actividades económicas
En actividades económicas de estimación directa, se eleva a 1.500 euros el gasto deducible para la determinación del rendimiento neto por las primas de seguros de enfermedad satisfechas por el contribuyente en la parte correspondiente a su propia cobertura y a la de su cónyuge e hijos menores de 25 años que convivan con la persona con discapacidad.
Deducción por ascendiente o descendiente con discapacidad
Desde 2015 existe una deducción especial para familias en las que algún miembro tenga discapacidad. Se trata de la ayuda para familias numerosas y con ascendientes o descendientes con discapacidad a cargo.
Estas deducciones minoran directamente la cuota diferencia, es decir, se reducen de lo que tendríamos que pagar en el IRPF como ocurre con la deducción por maternidad.
La deducción general por discapacidad se aplica en los siguientes supuestos
- Por cada descendiente con
- Por cada ascendiente con
- Por familia numerosa.
- Por ascendiente, separado legalmente o sin vínculo matrimonial, con dos hijos sin derecho a percibir anualidades por alimentos.
La cuantía de la deducción asciende a 1.200 anuales por cada descendiente o ascendiente con discapacidad, siempre que éstos den derecho a aplicación del mínimo personal y familiar que veremos más adelante.
Este importe se incrementará en un 100%, es decir, hasta 2.400 euros anuales en el caso de familia numerosa de categoría especial.
Cuando más de un contribuyente pueda aplicar estas deducciones, como ocurre en el caso de un matrimonio que opte por hacer la declaración individual, se podrá ceder el derecho a la deducción a uno solo de los miembros sin que se considere que existe transmisión lucrativa a efectos fiscales por esta cesión.
El mínimo por discapacidad
Los mínimos familiar y personal y el mínimo por discapacidad en la renta marcan la cantidad mínima de dinero que Hacienda entiende que es necesario para que una persona pueda vivir y que se reducen o restan directamente de la base imponible del contribuyente, de lo que gana.
La siguiente tabla incluye los mínimos que se aplicaron en 2014 y 2015, siendo éstos últimos igualmente válidos para la renta 2017.
derecho a la aplicación por discapacidad respecto a los mismos descendientes o ascendientes, su importe se prorrateará entre ambos. Además, cuando los hijos o padres a cargo presenten ingresos superiores a 1.800 en el IRPF ya no será posible aplicar estos mínimos.
Como puedes ver, el mínimo para personas con discapacidad va desde los 3.000 hasta los 12.000 euros por contribuyente, cuando éste supere el 65% en el grado de minusvalía.
Ayudas por discapacidad, exentas de tributar
A la hora de hacer la renta 2017 están exentas de tributar las ayudas de instituciones públicas a personas con un grado de discapacidad igual o superior al 65% siempre que estén destinadas a financiar su estancia o residencia en centros de días. Para ello, la renta de estas personas no debe exceder en dos veces el IPREM, fijado en 7.519,59 euros. Esto quiere decir que sus ingresos no podrán superar los 15.039,18 euros.
Rentas de planes de pensiones, exentas de tributar
De nuevo, más que una deducción es un ingreso por el que no habrá que tributar. Se trata de los rendimientos de trabajo derivados de las prestaciones en forma de renta de planes de pensiones y otros sistemas de previsión social. El importen exento máximo es el resultado de multiplicar por tres el IPREM. En concreto, la cifra queda en 22.558,77 euros.
Aportaciones a planes de pensiones de personas con discapacidad
Las aportaciones a planes de pensiones y sistemas de previsión social en favor de personas con discapacidad también permiten deducir por encima de las cantidades habituales y sumarse a lo que cada persona haya destinado a su propio plan.
En este sentido, será necesario que el contribuyente a quien se ayuda acredite una discapacidad física o sensorial del 65% o más, o psíquica del 33% o más, o las incapacitadas judicialmente, que también se podrán reducir.
En todos los supuestos de discapacidad, el límite financiero para las aportaciones realizadas por los partícipes se amplía hasta 24.250 euros anuales, frente a los 8.000 fijado para el resto de personas.
No obstante, para las aportaciones realizadas por cada una de las personas con las que el partícipe con discapacidad tenga relación de parentesco, por el cónyuge o por los que le tuvieren a su cargo en régimen de tutela o acogimiento, el tope queda fijado en 10.000 euros anuales. En total, en ningún caso podrá superar los citados 24.250 euros al año.
La ventaja es que el exceso no reducido se podrá trasladar a los siguientes cuatro ejercicios, es decir, que si no has podido disfrutar de todo el capital que reducir en el IRPF 2017, podrás hacerlo en la renta 2018y los años posteriores.
Aportaciones a patrimonios protegidos de discapacitados
Esta reducción funciona prácticamente igual que la anterior y bajo los mismos requisitos sobre la discapacidad del beneficiario. En este caso se podrán hacer tanto aportaciones dinerarias como en especie. De nuevo, sólo podrán reducir las aportaciones de parientes en línea directa o colateral hasta tercer grado.
El límite de las aportaciones a patrimonios protegidos de discapacitados será de 10.000 euros por aportante no pudiendo el conjunto de las reducciones a un mismo patrimonio superar los 24.250 euros en su total, incluidas las del propio contribuyente que acredite la discapacidad.
Deducción por obras en la vivienda por motivo de discapacidad
El IRPF 2016 sí incluye una deducción para discapacitados, aunque no es de aplicación general. Se trata de la posibilidad de desgravar obras e instalaciones de adecuación de la vivienda habitual por razones de discapacidad, con un límite del 10% del total de la obra.
La cuantía máxima de la deducción es de 12.080 euros y será necesario acreditar la necesidad de la reforma: accesibilidad y comunicación sensorial que facilite el desenvolvimiento digno y adecuado de las personas con discapacidad.
Deducciones autonómicas por discapacidad
Además de las reducciones que cualquier contribuyente puede aplicar en el IRPF, existen deducciones de carácter autonómico para estos casos. No en todas las regiones aplican las mismas ni por las mismas situaciones, pero como ocurre con las deducciones por maternidad, ésta es una de las más repetidas.
Lo que la mayoría de las comunidades autónomas sí hace es aplicar una mejora por discapacidad a las diferentes deducciones que se plantean para este colectivo de personas desde el Estado.
Deducciones por discapacidad en Andalucía
- Deducciónpara personas con discapacidad de 100 euros para los contribuyentes que tengan un grado de minusvalía igual o superior al 33%, siempre que la suma de las bases imponibles general y del ahorro (casillas 415 y 435) no sea superior a 19.000 euros en caso de tributación individual o 24.000 euros en conjunta.
- Deducción de 100 euros para los contribuyentescon cónyuges, o parejas de hecho inscritas, que no sean declarantes del impuesto en el ejercicio y que tengan la consideración de discapacitados con un grado de minusvalía igual o superior al 65%, siempre que la suma de las bases imponibles general y del ahorro no supere los 19.000 euros, en tributación individual o 24.000 euros en conjunta. Incompatible con la anterior.
- Deducción de 100 euros porasistencia a personas con discapacidad siempre que los contribuyentes tengan derecho a la aplicación del mínimo por discapacidad de descendientes o ascendientes, a condición de que la suma de las bases imponibles general y del ahorro no sea superior a 80.000 euros en tributación individual o 100.000 euros en tributación conjunta Si, además se acredita la necesidad de una persona de ayuda se podrá sumar el 15% del importe satisfecho a la Seguridad Social por este trabajador hasta un máximo de 500 euros.
- Deducción por ayuda doméstica para padres monoparentales con hijos incapacitados judicialmente a su cargo. La cuantía de la ayuda será del 15% de las cantidades satisfechas por el trabajadorhasta un máximo de 250 euros.
Deducciones por discapacidad en Aragón
- Deducción de 200 euros por cada hijo nacido o adoptado cuando esté presente una discapacidad igual o superior al 33%. Esta deducción es compatible con la de nacimiento o adopción del tercer hijo o sucesivos.
- Deducciónde 150 euros por cuidado de personas dependientes con una discapacidad superior al 65% siempre que éstas no obtengan rentas superiores a los 8.000 euros, incluidas las exentas, y que la base imponible general de ahorro menos la del mínimo personal y por descendiente no superen los 21.000 euros en declaración individual ni los 35.000 euros en declaración conjunta, entendida como la suma de las casillas 415 y 495 menos el resultante de las casillas 481 y 483 de la renta 2017.
Deducciones por discapacidad en Asturias
- Deducción del 3% por adquisición o adecuación de vivienda habitual para contribuyentes discapacitados sobre una base máxima de 13.664 euros, tanto en tributación individual como conjunta.
- Deducción del 3% por adquisición o adecuación de vivienda habitual para contribuyentes con los que convivan sus cónyuges, ascendientes o descendientes discapacitados sobre una base máxima de 13.664 euros, tanto en tributación individual como conjunta.
- Deducción de 303 euros para familias monoparentales con hijos a cargo con discapacidad cuyas rentas no superen los 8.000 euros. La base imponible y general del ahorro no podrá superar en ningún caso los 35.240 euros.
Deducciones por discapacidad en Islas Baleares
- Desgravación por arrendamiento de la vivienda habitual del 15% de los importes abonados hasta un máximo de 400 euros al tratarse de una persona con discapacidad.
- Deducción por declarantes o por descendientes solteros o ascendientes con discapacidad física o psíquica, que residan en las Illes Balears. La deducción será de 80 euros en caso de discapacidad física o sensorial superior al 33% pero inferior al 65%, y de 150 euros cuando sea superior al 65% o psíquica mayor del 33%. Además, la base imponible general de ahorro menos la del mínimo personal y por descendiente no debe superar los 12.500 euros en declaración individual ni los 25.000 euros en declaración conjunta.
Deducciones por discapacidad en Canarias
- Deducción de 300 euros por cada contribuyente discapacitado con un grado de minusvalía superior al 33%. Si, además, la persona con discapacidad supera los 65 años de edad se podrán añadir otros 120 euros. Solo tendrán derecho a esta deducción los contribuyentes que no hayan obtenido rentas,en el período impositivo del nacimiento o de la adopción, por importe superior a 39.000 euros en tributación individual y 52.000 euros en conjunta.
- Deducción de 500 euros por familiares dependientes con discapacidad igual o superior al 65% siempre que la base impoible no supere los 39.000 euros en t ributación individual ni los 520.000 en conjunta.
- educción de 500 euros por familia numerosa de categoría general, o 1.000 euros si es de categoría especial, y alguno de los de los cónyuges o descendientes a los que sea de aplicación el mínimo personal y familiar regulado en la normativa estatal tenga un grado de minusvalía física, psíquica o sensorial igual o superior al 65%. De nuevo la base imponible no podrá ser mayor a 39.000 euros en declaración individual ni a 52.000 en conjunta.
- En caso de que el hijo nacido o adoptado tenga una discapacidad física, psíquica o sensorial igual o superior al 65%, siempre que dicho hijo haya convivido con el contribuyente ininterrumpidamente desde su nacimiento o adopción hasta el final del período impositivo, además de la deduccióncorrespondiente al nacimiento o adopción (primer o segundo hijo, 200 euros; tercero, 400; cuarto, 600; y quinto y sucesivos, 700) podrá deducirse la cantidad que proceda de las siguientes:
- 400 euros cuando se trate del primer o segundo hijo que tenga discapacidad.
- 800 euros cuando se trate del tercer o posterior hijo con discapacidad, siempre que sobrevivan los anteriores hijos con minusvalía.
- El 10% de las cantidades satisfechas por obras de rehabilitación o mejora para adaptar la vivienda a discapacitados.
- Deducción del 3% de las cantidades donadas en metálico a descendientes o adoptados menores de 35 años que presenten una discapacidad igual o superior al 65% con un límite máximo de 720 euros por donatario, siempre que el dinero se destine a la compra o rehabilitación de su primera vivienda. La deducción será del 2% con un máximo de 480 euros cuando la discapacidad sea del 33%.
Deducciones por discapacidad en Cantabria
- Deducción de 100 euros por cuidado de familiares por cada ascendiente o descendiente con minusvalía física, psíquica o sensorial, que tenga la consideración de minusválido con un grado igual o superior al 65%.
- Deducción del 10% de las cantidades satisfechas por arrendamiento o alquiler de vivienda habitual por parte de personas con discapacidad igual o superior al 65% hasta un límite de 300 euros siempre que la suma de la base imponible del ahorro y general no supere los 22.000 euros en tributación conjunta ni los 31.000 en individual.
- Deducción del 15% por obras y reformas en la vivienda habitual para la mejora energética, seguridad, estanqueidad o instalación de infraestructuras con unos límites de 1.500 euros en tributación individual y 2.500 en conjunta cuando se acredite que el contribuyente tiene una discapacidad igual o superior al 65%. Esta deducción también está disponible para el resto de contribuyentes, sólo que las cantidades son menores (1.000 euros en individual y 1.500 en conjunta).
- Deducción del 5% de las cuotas a mutualidades o seguros médicos no obligatorios con un máximo de 300 euros en tributación individual y 400 euros en conjunta siempre que el contribuyente acredite una minusvalía igual o superior al 65%. En caso de no existir minusvalía, la deducción será de 200 y 300 euros respectivamente.
- Deducción del 10% por los gastos y honorarios profesionales que se hayan abonado por enfermedad, accidentes e invalidez con un máximo de 500 y 700 euros en tributación individual y conjunta respectivamente. Estas cantidades serán de 600 y 800 euros para personas con un grado de discapacidad igual o superior al 65%.
- Deducción del 12% por donativos al Fondo Coopera Cantabria o del 15% de las donaciones a asociaciones que persigan entre sus fines el apoyo a personas con discapacidad.
Deducciones por discapacidad en Castilla La-Mancha
- Deducción de 200 euros en caso de familias numerosas de categoría general y 400 euros para las de categoría especial. Las deducciones anteriores serán de 300 y 900 euros, respectivamente, cuando alguno de los cónyuges o descendientes a los que sea de aplicación el mínimo personal y familiar, tenga acreditado un grado de discapacidad igual o superior al 65% y generen el derecho a la aplicación del mínimo por minusvalía.
- Deducción de 300 euros por discapacidad del contribuyente con un grado de minusvalía igual o superior al 65% siempre que la base imponible general no supere los 27.000 euros en tributación conjunta ni los 36.000 en conjunta.
- Deducción de 300 euros por discapacidad de ascendientes o descendientes con un grado de minusvalía igual o superior al 65% siempre que la base imponible general no supere los 27.000 euros en tributación conjunta ni los 36.000 en conjunta. Esta deducción es incompatible con la de discapacidad del contribuyente respecto de una misma persona.
- Deducción de 600 euros por acogimiento no remunerado de personas mayores de 65 años con discapacidad superior al 33% que convivan con el contribuyente durante más de 183 días al año. Los familiares no pueden incluirse en esta desgravación. Además, la base imponible general no podrá superar los 12.500 euros en declaración individual ni los 25.000 euros en conjunta.
- Deducción del 15% de las cantidades donadas a organizaciones de ayuda a los discapacitados.
Deducciones por discapacidad en Castilla y León
- Deducciónpor nacimiento o adopción de hijos con minusvalía superior al 33% de 1.420 euros si se trata del primer hijo, 1.950 euros si se trata del segundo y 4.702 euros si se trata del tercer o sucesivos. Estas cantidades son el doble de las que pueden aplicar el resto de
- Deducciónde 300 euros por discapacidad igual o superior al 33% siempre que su base imponible general y del ahorro sea inferior a 18.900 euros en tributación individual y 31.500 euros en tributación conjunta y que el contribuyente no sea usuario de residencias públicas o concertadas.
- Deducción por discapacidadde 656 euros para un grado de tal igual o superior al 65% y de 300 euros por cada contribuyente menor de 65 años pero con un grado de minusvalía igual o superior al 65%. Además, la base imponible general y la base imponible del ahorro del contribuyente menos el mínimo personal y familiar no podrán superar los 18.900 euros en tributación individual ni los 31.500 en tributación conjunta. En este caso tampoco podrá ser usuario de las residencias públicas o concertadas de la región.
- Deduccióndel 15% de las inversiones en vivienda habitual para su adecuación para la accesibilidad y comunicación sensorial que facilite el desenvolvimiento digno y adecuado de uno o varios ocupantes de la vivienda que sean personas con discapacidad, siempre que éstos sean el sujeto pasivo o su cónyuge o un pariente, en línea directa o colateral, consanguínea o por afinidad, hasta el tercer grado inclusive con un límite máximo de 10.000 en la base de la deducción.
- Deducciónde 492 euros por familia numerosa cuando alguno de los cónyuges o de los descendientes a los que se compute para cuantificar el mínimo por descendientes, tenga un grado de discapacidad igual o superior al 65% siempre que base imponible del ahorro del contribuyente menos el mínimo personal y familiar no supere los 18.900 euros en tributación individual ni los 31.500 en tributación conjunta. El importe de la deducción se incrementará en 410 euros por cada descendiente, a partir del cuarto inclusive, a los que sea de aplicación el mínimo por descendientes.
Deducciones por discapacidad en Cataluña
- Deduccióndel 10% por alquiler de vivienda habitual por parte de personas con un grado de discapacidad igual o superior al 65% hasta un máximo de 300 euros anuales. Para poder acceder a ella el alquiler debe superar el 10% de las rentas y la suma de las casillas 415 y 495 menos la casilla 489 del IRPF 2016 no ser mayor a 20.000 euros. En el caso de las familias numerosas la deducción se eleva hasta un máximo de 600 euros.
Deducciones por discapacidad en Extremadura
- Deducciónde 150 euros por cuidado de familiares con discapacidad física, psíquica o sensorial con un grado de minusvalía igual o superior al 65%. Si, además, el ascendiente o descendiente tiene reconocido el derecho a una ayuda a la dependencia, pero, a 31 de diciembre aún no la percibía, la deducción asciende a 220 euros. Para poder beneficiarse de esta ayuda fiscal, la base imponible general y del ahorro no podrá superar los 19.000 euros en tributación individual ni los 24.000 euros en conjunta.
- Deduccióndel 5% por arrendamiento de vivienda habitual, hasta un límite de 300 euros, para personas con discapacidad con un grado igual o superior al 65%.
- Deduccióndel 10% por arrendamiento de vivienda habitual en medio rural, hasta un límite de 400 euros, para personas con discapacidad con un grado igual o superior al 65% que residan en el medio rural.
Desgravar por minusvalía en Galicia
- Deducciónde 500 euros por familia numerosa de categoría general y de 800 por categoría especial cuando alguno de los cónyuges o descendientes tenga un grado de discapacidad igual o superior al 65%.
- Deduccióndel 20% del importe satisfecho por alquiler de vivienda habitual por jóvenes, con un límite de 600 euros. En caso de tener dos o más hijos menores de edad la deducción será del 40%, con un límite de 1.200 euros. En ambos supuestos, es en caso de que el arrendatario tenga reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%. Además, la base imponible no podrá superar los 22.000 euros.
- Deduccióndel 10% de las cantidades satisfechas a terceros por los contribuyentes de edad igual o superior a 65 años afectados por un grado de discapacidad igual o superior al 65% y que precisen ayuda de terceras personas, con el límite máximo de 600 euros. Además, la suma de las bases imponibles general y del ahorro minorada en el importe de los mínimos personal y familiar, no podrá superar los 22.000 euros en tributación individual ni los 31.000 euros en conjunta.
- Deducciónpor nacimiento de hijos con una discapacidad igual o superior al 33% que dependerá del número de hijo del que se trate y de la base imponible del contribuyente. Para una persona con una base inferior a 22.000 euros, la ayuda será de 720 por el primer hijo, 2.400 por el segundo y 4.800 por el tercero y siguientes. Para una persona con una base entre 22.000 y 31.000 euros la ayuda será de 600 euros por hijo, mientras que las personas con una base superior a 31.000 euros no percibirán ayudas.
Desgravar por minusvalía en Madrid
- Deducción de 900 euros por acogimiento no remunerado de personas con más de un 33% de minusvalía por cada persona que conviva más de 183 días al año sin contraprestación.
Desgravar por minusvalía en Región de Murcia
- Deducción del 5% de las cantidades satisfechas en el ejercicio por la adquisición, construcción, ampliación o rehabilitación de la vivienda que constituya o vaya a constituir la vivienda habitual del contribuyente igual o menor de 35 años. La base máxima de las cantidades satisfechas con derecho a esta deducción estará constituida por el resultado de restar de la cifra de 9.040 euros, aquellas cantidades que constituyan para el contribuyente la base de dicha deducción estatal, excluidas, en su caso, las cantidades destinadas a obras de adecuación de la vivienda habitual por razón de discapacidad, y sin que en ningún caso la diferencia pueda ser negativa.
Desgravar por minusvalía en La Rioja
- Deducción del 3% de las cantidades satisfechas en el ejercicio por la adquisición, construcción, ampliación o rehabilitación de la vivienda que constituya o vaya a constituir la vivienda habitual del contribuyente menor de 36 años. La base máxima de las cantidades satisfechas con derecho a esta deducción estará constituida por el resultado de restar de la cifra de 9.040 euros aquellas cantidades que constituyan para el contribuyente la base de dicha deducción estatal, excluidas, en su caso, las cantidades destinadas a obras de adecuación de la vivienda habitual por razón de discapacidad.
- Deducción del 5% de las cantidades satisfechas en el ejercicio por la adquisición, construcción, ampliación o rehabilitación de la vivienda que constituya o vaya a constituir la vivienda habitual del contribuyente menor de 36 años. La base máxima de las cantidades satisfechas con derecho a esta deducción estará constituida por el resultado de restar de la cifra de 9.040 euros aquellas cantidades que constituyan para el contribuyente la base de dicha deducción estatal, excluidas, en su caso, las cantidades destinadas a obras de adecuación de la vivienda habitual por razón de discapacidad. Eso sí, siempre que no se superen los siguientes umbrales:
- 18.030 euros en declaración individual.
- 30.050 euros en declaración conjunta.
- Deducción del 7% de las cantidades invertidas en la adquisición, construcción, ampliación o rehabilitación de una única segunda vivienda en el medio rural, con un máximo anual de 450,76 euros, siempre que dicha vivienda se encuentre en un municipio distinto al de su vivienda habitual, exigiéndose las mismas condiciones respecto a la base imponible que en los dos apartados anteriores.
Desgravar por minusvalía en Comunidad Valenciana
- Deducción de 224 euros por nacimiento o adopción en el período impositivo de un hijo discapacitado físico o sensorial, con un grado de minusvalía igual o superior al 65%, o psíquico con un grado de minusvalía igual o superior 33%. Para poder beneficiarse de la desgravación la suma de las casillas 445 y 455 no podrá superar los 25.000 euros en tributación individual ni los 40.000 euros en conjunta. En cualquier caso, el importe íntegro de la deducción sólo se aplicará cuando la cifra esté sea inferior a 23.000 euros en declaraciones individuales y a 37.000 euros en conjuntas.
- Deducción de 275 euros, por nacimiento o adopción cuando el hijo que padezca dicha discapacidad, tenga, al menos, un hermano con discapacidad física o sensorial en grado igual o superior al 65%, o psíquica, en grado igual o superior al 33%.
- Deducción de 179 euros por contribuyente discapacitado con un grado de minusvalía mayor o igual del 33% y de edad igual o superior a 65 años, siempre que no reciba algún tipo de prestación por invalidez o por envejecimiento que se halle exenta en el norma estatal. Es necesario que la suma de la base liquidable general y del ahorro no sea superior a 25.000 euros en tributación individual o 40.000 euros en tributación conjunta.
- Deducción de 179 euros por ascendientes mayores de 65 años con discapacidad psíquica superior al 33% o física igual o superior al 65%. Es necesario que la suma de la base liquidable general y del ahorro no sea superior a 25.000 euros en tributación individual o 40.000 euros en tributación conjunta.
En último lugar, aunque fuera de la renta 2017, al disponer de un sistema fiscal propio, las deducciones por discapacidad en Navarra y el País Vasco son las que figuran a continuación.
Desgravar por minusvalía en Navarra
Se mantiene la deducción por inversión de vivienda habitual para aquellas personas que la adquirieron o rehabilitaron antes de 31 de diciembre de 2015. Así, si la adquirieron o rehabilitaron antes del 1 de enero de 2013, será deducible el 15%, el 18 o el 30% según el número de hijos de las cantidades satisfechas con el límite de 7.000 euros anuales en la declaración individual y 15.000 euros anuales en caso tributación conjunta. Siguen siendo de aplicación los porcentajes del 20%, 23% y 35% en el supuesto de adquisición de viviendas de protección oficial, de precio tasado o de precio libre limitado adquiridas hasta 2011. Si la adquirieron o rehabilitaron entre el 1 de enero de 2013 y el 31 de diciembre de 2015, además de lo dispuesto en las líneas anteriores, para que proceda la deducción la suma de bases del período impositivo del sujeto pasivo no podrá superar los siguientes umbrales.
- En régimen de tributación individual.
- Con carácter general: 24.000 euros.
- 27.000 euros para sujetos pasivos con uno o dos hijos.
- 30.000 euros en el caso de familias numerosas.
Para tener en cuenta la situación personal y familiar las mencionadas cuantías se incrementarán en 3.000 euros si el sujeto pasivo tiene una discapacidad entre el 33 y el 65% y en 7.000 euros si es superior al 65%. Si la discapacidad es de los descendientes, dichos importes serán 1.500 euros y 3.500 euros.
- En régimen de tributación conjunta.
- 48.000 euros con carácter general.
- 54.000 euros para sujetos pasivos con uno o dos hijos.
- 60.000 euros en el caso de familias numerosas.
Las citadas cuantías se incrementarán en 3.000 euros por cada sujeto pasivo o descendiente con una discapacidad entre el 33 y el 65% y en 7.000 euros si es superior al 65%.
El importe a deducir por anualidades pagadas a hijos por pensión de alimentos se incrementa de 6.000 a 8.000 euros en el caso de hijos discapacitados con un grado igual o superior al 33%.
También se incrementa la deducción por rentas del trabajo para personas con un grado de discapacidad superior al 33% e inferior al 65%, que aumenta en un 50% y en un 100% para quienes tengan un grado de discapacidad igual o superior al 65%.
Además hay una deducción de 688 euros para personas discapacitadas. En concreto, será de 688 para quienes acrediten discapacidad igual o superior al 33% y de 2.475 euros para quienes superen el 65%.
Por otra parte, el mínimo personal y familiar en Navarra aumentará en 605 euros por cada descendiente o ascendiente con un grado de discapacidad superior al 33% y en 2.118 euros cuando este grado supere el 65% siempre que no obtengan rentas anuales superiores al IPREM.
En tributación conjunta los beneficios fiscales mejorarán en 3.000 euros por cada persona con un grado de discapacidad superior al 33% y en 7.000 euros cuando se alcance el 65%.
Desgravar por minusvalía en País Vasco
Deducciones por discapacidad en Álava
-Las deducciones para personas con discapacidad o para las que los tienen a su cargo son de 779 euros para grados comprendidos entre el 33 y el 65%, de 1.113 euros cuando superen el 65%, de 1.334 euros si se rebasa el 75% y si se computan entre 15 y 39 puntos de ayuda de tercera de persona (ATP), y de 1.666 euros si el grado es mayor del 75% y los puntos son más de 40.
-Por cada descendiente con discapacidad que conviva con el contribuyente en Araba se reconoce la aplicación de la siguiente deducción:
- 585 euros anuales por el primero.
- 724 euros anuales por el segundo.
- 1.223 euros anuales por el tercero.
- 1.445 euros anuales por el cuarto.
- 1.888 euros anuales por el quinto y por cada uno de los sucesivos descendientes.
- Deducciones complementarias:
- Por cada descendiente menor de 6 años que conviva con el contribuyente, además de la deducción que corresponda conforme al apartado anterior, se practicará una deduccióncomplementaria de 335 euros anuales.
- Por cada descendiente mayor de 6 años, incluyendo esta edad, y menor de 16 años que conviva con el contribuyente, además de la deducción que corresponda conforme al apartado anterior, se practicará una deducción complementaria de 52 euros anuales.
- Deducciones complementarias:
Deducciones por discapacidad en Guipúzcoa
La Hacienda foral de Gipuzkoa aplica un incremento a las bonificaciones por rendimiento del trabajo en caso de minusvalía del 100% para los trabajadores con una minusvalía entre un 33% y un 65% y del 250% cuando, además, suman movilidad reducida o superan el 65% de discapacidad.
Además, dispone de una deducción por discapacidad o dependencia del contribuyente cónyuge, ascendiente o descendiente, pareja de hecho o pariente colateral hasta en cuarto grado de 867 euros para una minusvalía de entre el 33% y el 65%, de 1.224 euros cuando sea superior al 65%, de 1.428 euros cuando es superior al 75% y además se acreditan entre 15 y 39 puntos de ayuda a tercera persona y de 2.040 cuando los puntos superan los 40.
A esto hay que sumar la deducción del 30% con un límite anual de 3.000 euros por aportaciones al patrimonio protegido de personas con discapacidad.
Deducciones por discapacidad en Vizcaya
-Las deducciones para personas con discapacidad o para las que las tienen a su cargo son de 779 euros para grados comprendidos entre el 33 y el 65%, de 1.113 euros cuando superen el 65%, de 1.334 euros si se rebasa el 75% y si se computan entre 15 y 39 puntos de ayuda de tercera de persona (ATP), y de 1.666 euros si el grado es mayor del 75% y los puntos son más de 40.
La deducción la puede practicar la propia persona discapacitada (siempre que tenga reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%), su cónyuge o pareja de hecho, o los familiares de los que dependa. Cuando la persona con discapacidad presente declaración por el IRPF podrá optar entre aplicarse en su totalidad la deducción o que se la practique en su totalidad el contribuyente de quién dependa. En el caso de que se opte por esta segunda posibilidad y la persona con discapacidad dependa de varios contribuyentes,la deducción se prorrateará y practicará por partes iguales por cada uno de estos contribuyentes.
Otras personas no familiares también pueden aplicarse la deducción si conviven con discapacitados de edad igual o superior a 65 años siempre que la persona con discapacidad no obtenga rentas anuales superiores al doble del salario mínimo interprofesional (sin incluir las exentas).
También podrá aplicar la deducción cuando la persona afectada por la discapacidad o dependencia esté vinculada al contribuyente por razones de tutela o acogimiento, siempre que este no obtenga rentas anuales superiores al doble del SMI cualquiera que sea su edad (sin incluir las exentas).
-Para contribuyentes con residencia habitual en Bizkaia se reconoce una deducción en la cuota íntegra del IRPF por aportaciones realizadas al patrimonio protegido de la persona con discapacidad del 30%, con el límite anual máximo de 3.000 euros.
La deducción podrá aplicarse por los contribuyentes que tengan con la persona con discapacidad una relación de parentesco en línea directa o colateral, hasta el tercer grado inclusive, así como por el cónyuge o pareja de hecho de la persona con discapacidad o por aquéllos que lo tuviesen en régimen de tutela o acogimiento.
FUENTE: BOLSAMANÍA